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Seguro Todo Riesgo Montaje (EAR)

Cubre los daños que ocurran a las obras de montaje como consecuencia de hechos accidentales e imprevisibles

Cubre los daños que ocurran a las obras de montaje como consecuencia de hechos accidentales e imprevisibles, este seguro se extiende a cubrir trabajos permanentes y temporales, incluidos repuestos, maquinarias y equipos a montar, mano de obra y otros que formen parte del contrato a asegurar y que formen parte integrante del monto asegurado declarado.

Se pueden asegurar el montaje y periodo de pruebas de máquinas y/o equipos, tales como turbinas, generadores, compresores, calderas, máquinas de imprenta, de papel y textiles, líneas de transmisión, tuberías, gasoductos, oleoductos, tanques, silos, puentes de acero, etc.

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Coberturas

Cobertura Principal “A”: Este seguro cubre los daños materiales que sufran los bienes asegurados por cualquier causa accidental, súbita e imprevista y que no esté excluida expresamente en la presente póliza y que no pudieran ser amparados bajo las coberturas adicionales estipuladas en póliza.

Coberturas Adicionales:

Cobertura “B”: Daños causados directamente por terremoto, temblor, maremoto, tsunami, marejada, maretazo, oleaje, salida de mar y erupción volcánica.
Cobertura “C”: Daños causados directamente por ciclón, huracán, tempestad, vientos, lluvias, huayco, alud, avalancha, aluvión, inundación, desbordamiento y alza del nivel de aguas, enfangamiento, hundimiento o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o de rocas.
Cobertura “D”: Siempre que el Asegurado sea el fabricante o su representante, los daños causados por errores en diseño, defectos de construcción, fundición, uso de materiales defectuosos y defectos de mano de obra ocurridos en el taller del fabricante, sólo cuando no se active la garantía del fabricante.
Cobertura “E”: La responsabilidad civil extracontractual en que incurra el Asegurado por daños causados a bienes de terceros excluyendo aquellos que tenga confiados a su cuidado, control y custodia, que ocurran en conexión directa con la ejecución de los trabajos de montaje asegurados por esta póliza durante el período del seguro.
Cobertura “F”: La Responsabilidad Civil Extracontractual del Asegurado por lesiones personales, ocurridas a terceros, incluida la muerte que ocurran en conexión directa con la ejecución de los trabajos de montaje asegurados por esta póliza durante el período del seguro. Quedan excluidos de la cobertura, las personas que estén al servicio del Asegurado o del dueño del negocio para quien se efectúa el montaje; y los contratistas o subcontratistas que estén llevando a cabo los trabajos en el lugar de la obra; así como los familiares de dichas personas y los miembros de la familia del Asegurado hasta el segundo grado de afinidad y cuarto grado de consanguinidad.

Cobertura “G”: Los gastos por concepto de desmontaje y remoción de escombros que sean necesarios después de ocurrir un siniestro amparado bajo la presente póliza.

Exclusiones

La Compañía no será responsable, cualquiera que sea la causa, por pérdida o daños a consecuencia de:

  • El montaje de los bienes asegurados cuando éstos se efectúen en embarcaciones o cualquier otro equipo flotante, vehículos automotores, así como bienes de propiedad de obreros o empleados del Asegurado, salvo pacto en contrario.
  • Daños a los bienes asegurados generados por dolo o culpa grave del Asegurado o de su representante responsable del montaje, siempre y cuando el dolo o culpa grave sea atribuible a dichas personas  directamente.
  • Daños a los bienes asegurados durante actividades u operaciones de guerra declarada o no, hostilidades, invasión de enemigo extranjero guerra intestina, revolución, rebelión, insurrección, asonadas, ley marcial, conmoción civil, motines, terrorismo conspiraciones, poder militar o usurpado, confiscación, requisición o destrucción de bienes por orden  de cualquier autoridad nacional, departamental o municipal, huelgas, disturbios políticos y sabotaje con  explosivos.
  • Daños a los bienes asegurados a causa de  reacción nuclear o radiación nuclear o contaminación radioactiva o emisión de radiaciones ionizantes; contaminación por la radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio proveniente de la combustión de dicho combustible nuclear.
  • Cualquier daño o pérdida ocasionada por filtración y/o polución y/o contaminación gradual.
  • Actividades u operaciones realizadas costa afuera (Off Shore).
  • No se reconoce ningún tipo de lucro cesante al Asegurado.
  • Daños a los bienes asegurados a causa de corrosiones, herrumbres o incrustaciones, raspaduras de superficies pintadas o pulidas a menos que sean consecuencia de daños cubiertos por la póliza en los bienes asegurados.
  • Daños a los bienes asegurados durante el transporte de los bienes al lugar del montaje, aun cuando tales daños sean advertidos posteriormente.
  • Pérdidas o daños en la propiedad que forme, o formó, parte de cualquier estructura o instalación o maquinaria o equipamiento o edificación u obra civil existente antes del comienzo de la obra asegurada.
  • Pérdidas o daños causados a siembras, bosques y/o cualesquiera clase de cultivos durante la ejecución de los trabajos contratados, por responsabilidad directa o indirecta.
  • Pérdidas o daños causados directa o indirectamente por perforaciones direccionales horizontales, se originen directamente en y/o en relación con las propias tuberías dentro de los tramos ejecutados por las perforaciones direccionales horizontales.
  • Sanciones impuestas al Asegurado por incumplimiento de los contratos de compra venta y montaje de los bienes asegurados, así como por defectos de estética y deficiencias de capacidad y/o rendimiento.
  • Faltantes que se descubren al efectuar inventarios físicos o revisiones de control.
  • Daños o defectos de los bienes asegurados, existentes al iniciarse el montaje.
  • Los gastos de una reparación provisional y los daños ocasionados a los bienes asegurados o a otros bienes que sean o no objeto de la reparación provisional efectuada.