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Seguro Responsabilidad Civil

Cubre al Asegurado contra las reclamaciones de terceros por concepto de Responsabilidad Civil Extracontractual, exclusivamente a consecuencia de daños personales y/o daños materiales causados involuntariamente a dichos terceros por un accidente ocurrido durante la vigencia de la Póliza, como resultado directo de las actividades o negocios declarados en las condiciones particulares de la póliza y exclusivamente dentro del territorio de la República del Perú.

Pueden contratar coberturas adicionales, tales como:

Responsabilidad civil patronal: esta cláusula está destinada a proteger al asegurado de eventuales demandas de sus trabajadores o sus beneficiarios que, producto de un accidente laboral y existiendo responsabilidad comprobada del empleador, protege a este último de las indemnizaciones fijadas bajo sentencia judicial y que excedan las leyes laborales vigentes.

Responsabilidad civil de productos:
Esta cláusula cubre la responsabilidad civil como consecuencia directa del uso o consumo de los productos fabricados y distribuidos por el asegurado.

Responsabilidad de directores y administradores
Cubre a los directores y administradores (Asegurado), respecto a los reclamos e investigaciones formales que se presenten en su contra durante el período de vigencia de la póliza por la pérdida que se vieran obligados legalmente a pagar los directores y administradores en relación a un acto de administración.

Estos seguros van dirigidos a empresas comerciales, industriales, de servicios y en general todo tipo de empresas que requieran asegurar su patrimonio.

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Coberturas

La Compañía reembolsará al Asegurado todas las sumas que este tuviera obligación legal de pagar por concepto de Responsabilidad Civil Extracontractual, como consecuencia de accidentes ocurridos durante la vigencia de esta póliza que sean resultado directo de sus actividades o negocios dentro del territorio del Perú, hasta por el límite de cobertura establecido en las Condiciones Particulares y que causen:

A. Daños corporales.

B. Daños materiales.

Exclusiones

Daños causados a los bienes de propiedad de terceros que, por cualquier motivo o circunstancia, se encuentren en poder del ASEGURADO o de los miembros de su familia o de cualquier persona por la que el ASEGURADO sea civilmente responsable.

Daños causados a las personas, animales o cosas respecto de las cuales el ASEGURADO o los miembros de su familia o cualquier persona por la que el ASEGURADO sea civilmente responsable, se encuentra trabajando.

Daños causados a las personas, animales o cosas por hundimiento, asentamiento, vibraciones, remoción de terrenos o debilitamiento de bases o apoyos de propiedades, terrenos o edificios, o por la influencia prolongada: 

  • De la humedad proveniente de los desagües o de cualquier tubería, 
  • De materiales residuales 
  • Del humo 
  • Del hollín 
  • Del vapor.